Guía de recursos para

personas con discapacidad

Funciones del Consejo Provincial

Funciones emergentes de la Ley N° 2.055

El Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad es el órgano de aplicación de la Ley 2.055, “Régimen provincial de promoción y protección de las personas con discapacidad”. Como tal, se define su misión como ente rector y articulador de las políticas públicas en materia de discapacidad en todo el ámbito de la provincia.

Presenta una estructura orgánica diseñada para gestionar y articular acciones orientadas a la promoción y el sostenimiento de:

  • La calidad de vida de las personas con discapacidad.
  • La equiparación de oportunidades.
  • La garantía social de un acceso integral a la educación, la salud, el trabajo y los servicios.
  • La accesibilidad universal y la eliminación de barreras de toda índole.
  • Políticas que permitan el control de las situaciones de exclusión y discriminación fundadas en la discapacidad.


Son funciones del Consejo Provincial:

  • Desarrollar, implementar y ejecutar políticas y programas provinciales en forma directa y a través de las áreas gubernamentales que lo componen.
  • Intervenir como órgano consultivo, con carácter vinculante, en la creación y modificación de normas en materia de discapacidad.
  • Prestar asesoramiento y asistencia técnica a municipios, organizaciones públicas y privadas.
  • Certificar la Discapacidad. Categorizar los Servicios.
  • Llevar el Registro Provincial de Personas con Discapacidad y el Registro de Organizaciones Civiles.
  • Representar a la provincia en los órganos regionales y nacionales con competencia en la materia.

Funciones de la Asamblea del CPPD

Las principales funciones de la Asamblea son:

  • La definición de directrices y líneas de acción generales para el tratamiento de la temática en la provincia
  • La articulación interinstitucional entre el Estado y las Organizaciones Civiles. 
  • La intervención en la formulación de políticas sectoriales de los diferentes Ministerios integrantes y de las demás áreas del Estado, dirigidas específicamente a la población con discapacidad.


Según lo prescribe la Ley N° 2.055, la Asamblea debe sesionar cada dos meses, tomando intervención en todos los asuntos que se conocen desde el Estado en relación con la temática discapacidad, con la población con discapacidad y con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la temática.

Funciones específicas (técnicas, administrativas, programáticas)

El Area Ejecutiva (organismo) del Consejo Provincial constituye una unidad administrativa y técnica encargada de la ejecución de algunas políticas y programas específicos. Sus principales funciones son:

  • Certificación de discapacidad.
  • Categorización de servicios y prestaciones.
  • Registro provincial de titulares de Certificado de Discapacidad.
  • Registro provincial de Instituciones.
  • Banco de elementos y ayudas técnicas.
  • Programas de acompañamiento y asistencia a las personas con discapacidad.
  • Programas de acompañamiento y fortalecimiento de las organizaciones civiles.


También le corresponde la atención de las situaciones emergentes vinculadas con necesidades específicas de la población, la atención inicial de situaciones de vulneración de derechos, la vinculación técnico-administrativa con diversos efectores relacionados con la temática (obras sociales, organismos de contralor, defensorías públicas, etc.)