Ministerio de Transporte de la Nación. Comisión Nacional Reguladora de Transporte. Delegación Río Negro
Tipo Institucional: Regulación del Transporte
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Reseña Institucional

¿Cuáles son los derechos en el transporte para personas con discapacidad?
  • Las personas con discapacidad tienen derecho a viajar en forma gratuita en los servicios controlados por el Estado Nacional. Ello incluye a los servicios de colectivos urbanos y los servicios ferroviarios y de ómnibus de larga distancia que transitan por más de una provincia (interprovinciales). Este derecho comprende la gratuidad para un acompañante en caso de que el certificado (CUD) así lo indique.
¿Cómo se accede al beneficio de la gratuidad?
  • En los colectivos urbanos se debe exhibir el certificado de discapacidad y el DNI al ascender al vehículo. En los micros de larga distancia la solicitud debe hacerla el titular del certificado al menos 48 hs. antes de la fecha prevista del viaje. Se encuentra disponible además el Sistema Web de Reserva Pasajes para gestionar los servicios de transporte de larga distancia. El uso del Sistema Web es para facilitar la gestión al usuario, pero no es obligatorio (se puede tramitar el pasaje en la ventanilla de la empresa o intermediaria gestora de pasajes)
  • En los trenes de larga distancia, las personas con discapacidad podrán adquirir pasajes a $0 desde el Sitio Web. Con el DNI del pasajero/a el sistema validará la existencia y vigencia de un CUD en la base de datos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y permitirá la emisión de pasajes. También podrán adquirir los pasajes en las boleterías.

Importante: En caso de incumplimiento de este derecho por cualquier motivo, el usuario puede denunciar ante la CNRT 

¿Es necesario viajar con la documentación?
  • Sí, siempre debe portarse el certificado de discapacidad y el documento de identidad.
¿La documentación tiene que ser original?
  • Sí, el documento de identidad y el certificado de discapacidad deben presentarse siempre en original.
  • Cuenta con la misma validez la presentación del CUD Digital, a través de la plataforma Mi Argentina.
Las personas con discapacidad ¿pueden viajar con su perro guía y/o de asistencia?
  • Sí, para hacerlo deberán portar la credencial identificatoria del animal. Se admitirá sólo un perro guía por vehículo y deberá viajar sujeto por una correa o arnés con agarradera de metal u otro elemento de similar función, no siendo obligatorio el uso del bozal. Y de forma tal que no afecte la comodidad y desplazamiento de los restantes pasajeros. (Ley Nº26.858).
    Más información sobre el trámite y sus requerimientos.
Accesibilidad en los medios de transporte
  • Además del derecho a la gratuidad, el usuario de transporte público tiene derecho a viajar en unidades accesibles. Este concepto incluye las adaptaciones que los vehículos deben presentar para facilitar el ascenso, ubicación, viaje y descenso de personas con movilidad y/o comunicación reducida y el acceso a la información en formatos alternativos en las unidades, paradas y estaciones terminales.
Av. 12 de Octubre 2400 - (8400) San Carlos de Bariloche - RN
294 4457438 / 0800-333-0300

Esta Institución pertenece a las siguientes categorías:

Tipos de Discapacidad Atendidos: Auditiva | Intelectual | Mental | Motora | Múltiple | Visual
Zona: Andina